Este 29 de junio, los ciudadanos de Santa Fe se preparan para las elecciones que determinarán a sus autoridades locales. Sin embargo, hay quienes no podrán cumplir con su deber cívico por diversas razones. En Argentina, el voto es obligatorio, y no presentarse a votar puede conllevar diferentes penalidades. La Ley Electoral de Santa Fe establece que aquellos electores que no emitan su voto sin una causa justificada enfrentarán una multa de 10 pesos. Además, la Junta Electoral tiene la responsabilidad de enviar la lista de quienes no votaron a los Agentes Fiscales, quienes luego deben acusar ante los Jueces Correccionales a aquellos ciudadanos que incumplan con su deber.
Aunque el sufragio es un deber, existen ciertas exenciones estipuladas en la normativa provincial. Excluidos de votar están los ciudadanos mayores de 70 años, los jueces y sus auxiliares que deban estar en funciones, así como aquellos que no puedan asistir por razones de enfermedad o por hallarse a más de 100 kilómetros del lugar de votación. En este último caso, los electores tendrán que presentar un certificado que acredite su situación, expedido por el juez del lugar donde se encuentren.
Para quienes no puedan votar y deseen justificar su ausencia, existe la posibilidad de hacerlo online a través del sitio oficial del Tribunal Electoral de Santa Fe. Este proceso debe realizarse dentro de los 60 días posteriores a las elecciones, proporcionando información personal y el motivo por el cual no se asistió a la votación. La documentación justificativa como certificados médicos o pruebas de la distancia deberán adjuntarse a la solicitud. Por consiguiente, es importante que los ciudadanos estén informados sobre sus derechos y obligaciones para evitar sanciones y asegurar una participación activa en la vida democrática provincial.